Concepto

La sociedad es un contrato consensual, por el cual dos o más personas se comprometen a  poner ciertas cosas en común, para sacar de ellas una utilidad apreciable en dinero. No hay dos papeles distintos. Todos los asociados están sujetos a las mismas obligaciones, sancionadas por la misma acción, la acción prosocio.[6]
                               

 

Caracteres del contrato de sociedad

 

Carácter personal: el contrato de sociedad es escencialmente personal; implica naturalmente la voluntad de formar la sociedad, es decir, el animus contrahendi societatis o affectus societatis.
En la sociedad la consideración  de las personas (intuitus personarum) ocupa el primer plano y se justifica en todas las teorías. La consideración hecha se aplica en las sociedades romanas, porque en las sociedades modernas de capitales el elemento persona juega un papel de muy escasa y casi pudiera decirse de ninguna importancia. El consentimiento se otorga en diferentes ocasiones según que la suscribcion de las acciones se haga por los mismos sociaos totalemte, o parcialmente entre ellos y el publico. Ese carácter de personalidad, que en nuestros días reúnen las sociedades de personas y solamente ellas, principalicimamente las sociedades de derechos civil, implica tres consecuencias:
a. es imposible a un socio  ceder su parte en la sociedad, puesto que no se puede introducir a un extraño en ella, sin el consentimiento de los otros.
b. Un asociado puede tomar un subasociado, pero siguiendo la regla romana de que el asociado de mi socio no es asociado (socii mei socius, socius meus non est)
c. la sociedad de disuelve por la muerte de uno de los asociados

 

Carácter fraternal: Notemos que todos los caracteres del contrato de sociedad estan de acuerdo con el origen social de la misma; se comprende muy bien que esas primeras sociedades internacionales fueran sociedades de personas y no de bienes, como la sociedad colectiva del derecho moderno, por oposición a la sociedades de capitales, puesto que el elemento personas jugaba un papel inmensamente preponderante, ya que había que contar con la horadez y buena fe de los socios con quienes se iba juntar.